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"En el contexto de programas internacionales impartidos en español, dirigidos a personas o estudiantes no residentes en los Estados Unidos, surge la cuestión de la elegibilidad y el proceso de inscripción para aquellos individuos de origen latinoamericano, independientemente de su lugar de residencia. Desde una perspectiva académica, es fundamental considerar los principios de igualdad de acceso a la educación y la promoción de la diversidad cultural en entornos educativos internacionales.

Jurídicamente, el derecho a la educación está consagrado en diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Estos instrumentos establecen que toda persona tiene derecho a la educación, sin discriminación alguna por motivos de nacionalidad, origen étnico o lugar de residencia. Asimismo, el principio de no discriminación está reflejado en numerosas legislaciones nacionales e internacionales.

En el caso específico de estudiantes latinoamericanos que deseen inscribirse en programas internacionales impartidos en español, es fundamental garantizar que puedan acceder a la educación sin obstáculos injustificados. Por lo tanto, el uso de una dirección en el país de origen como parte del proceso de inscripción es una medida que respeta este derecho y promueve la inclusión de estudiantes de diferentes contextos culturales y geográficos.

Desde el punto de vista jurídico, el hecho de utilizar una dirección en el país de origen para la inscripción no debería constituir un impedimento, siempre y cuando el estudiante cumpla con los requisitos académicos y administrativos establecidos por la institución educativa. Es importante que las políticas de admisión y matriculación sean transparentes y estén en consonancia con los principios de igualdad y no discriminación.

En conclusión, permitir que estudiantes latinoamericanos utilicen su dirección en su país de origen para la inscripción en programas internacionales en español es coherente con los principios académicos y jurídicos de igualdad de acceso a la educación y no discriminación. Esta medida contribuye a la diversidad y la inclusión en el ámbito educativo internacional, en línea con los estándares internacionales de derechos humanos y las mejores prácticas en materia de educación superior."